Curití

La Procuraduría sancionó a exalcalde de Curití por extralimitación de funciones en proceso de la PTAP

Curití, Santander

La Procuraduría sancionó al exalcalde de Curití, Ángel Miguel Triana Sánchez, con cuatro meses de suspensión por extralimitar sus funciones en un procedimiento relacionado con la planta de tratamiento de agua potable.

Procuraduría General de la Nación La sanción disciplinaria se hará efectiva mediante el pago de una multa económica

La Procuraduría General de la Nación sancionó con cuatro meses de suspensión al exalcalde de Curití, Ángel Miguel Triana Sánchez, quien ejerció el cargo durante el periodo 2020-2023, al encontrarlo disciplinariamente responsable de extralimitar sus funciones en un procedimiento relacionado con la Planta de Tratamiento de Agua Potable (PTAP) del municipio.


La decisión fue adoptada en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Juzgamiento de San Gil, que concluyó que el entonces mandatario actuó por fuera de las competencias que le otorgaba la ley.

Actuó sin seguir el procedimiento legal

Según la entidad, el exalcalde adelantó de manera directa el proceso de restitución y protección de bienes inmuebles correspondiente a la PTAP, ubicada en el predio La Lajita, infraestructura que en ese momento era operada por la Corporación de Servicios de Acueducto y Alcantarillado (CORPACUR).


El Ministerio Público determinó que, antes de intervenir, el entonces funcionario debía promover una querella ante la Inspección de Policía, autoridad competente para iniciar el procedimiento policivo previsto por la legislación en casos relacionados con comportamientos que afectan la posesión de bienes inmuebles de uso público, de utilidad pública o social, o destinados a la prestación de servicios públicos.


Sin embargo, la investigación concluyó que el exmandatario asumió directamente esas actuaciones, omitiendo el trámite legal establecido para este tipo de situaciones.

Falta grave por vulnerar el principio de moralidad

En su análisis, la Procuraduría señaló que la conducta del exalcalde vulneró el principio de moralidad que debe regir el ejercicio de la función pública.


Por esa razón, el organismo de control calificó la actuación como una falta grave, cometida a título de culpa gravísima, al considerar que el entonces alcalde excedió las facultades propias de su cargo y desconoció el procedimiento previsto por la normatividad vigente.

Sanción económica

Aunque la sanción impuesta corresponde a cuatro meses de suspensión, la Procuraduría precisó que esta será convertida en salarios, debido a que Ángel Miguel Triana Sánchez ya no ocupa el cargo de alcalde ni desempeña la función pública que ejercía cuando ocurrieron los hechos investigados.


En consecuencia, la sanción disciplinaria se hará efectiva mediante el pago del equivalente al salario que devengaba el exmandatario durante la época en que se cometió la falta.