San Gil

Juzgado ordenó a la Alcaldía de San Gil tomar acciones para proteger el emblemático balneario Pozo Azul

Balneario Pozo Azul, San Gil

Juzgado de San Gil decreta medidas cautelares para salvaguardar Pozo Azul; ordena inspección técnica en 10 días ante deterioro y abandono.

CFC La Alcaldía debe garantizar la protección de este lugar

El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de San Gil decretó medidas cautelares para proteger el emblemático balneario Pozo Azul, uno de los principales atractivos turísticos del municipio durante décadas.


La orden, emitida en auto del 13 de febrero de 2026, obliga al alcalde Edgar Orlando Pinzón Rojas y a la Alcaldía de San Gil a adoptar acciones inmediatas para salvaguardar el predio, en medio de una acción popular que busca defender derechos e intereses colectivos afectados por su evidente deterioro.

Pozo Azul, ubicado a solo dos kilómetros de la cabecera municipal, fue durante años un referente de esparcimiento para miles de sangileños, santandereanos, colombianos y visitantes extranjeros. Sus aguas cristalinas y entorno natural lo consolidaron como destino familiar y turístico clave en la provincia Guanentá.

Deterioro


En los últimos años el sitio ha caído en un progresivo abandono que lo ha convertido en ruinas y foco de inseguridad.

El balneario presenta un deterioro notable: la antigua cafetería carece de parte del techo, las paredes están cubiertas de grafitis, el mobiliario se encuentra incompleto o destruido parcialmente, las baterías sanitarias han sido desmanteladas y acumulan desechos, y en general reina un estado de saqueo y dejadez, que evidencia la ausencia prolongada de intervención estatal.
Lo que antes era un lugar de recreación y encuentro familiar hoy representa un riesgo para la seguridad y un símbolo de descuido patrimonial.

En respuesta a estas denuncias, el juzgado decretó medida cautelar en el marco del medio de control de protección de derechos e intereses colectivos.
Ordenó específicamente al Municipio de San Gil que, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la providencia, realice una inspección técnica exhaustiva al predio denominado “Pozo Azul”. Dicha inspección debe evaluar la situación estructural y de seguridad del lugar, levantando actas detalladas y registros fotográficos actualizados.

El informe técnico exigido deberá describir con precisión el estado actual del escenario natural, las condiciones de infraestructura y los eventuales usos inadecuados detectados, con base en las quejas y pruebas presentadas en el expediente.
El objetivo es esclarecer la situación jurídica del predio y avanzar en su protección efectiva.
Esta decisión judicial representa un paso clave hacia la posible recuperación de Pozo Azul, un patrimonio natural y cultural que los sangileños reclaman con urgencia.