El deterioro y la falta de protección del portal Papi Quiero Piña de Metrolínea, en Floridablanca, derivaron en una sanción por desacato contra tres funcionarios responsables de atender las órdenes judiciales relacionadas con la protección del inmueble.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Once Administrativo Oral de Bucaramanga, dentro del proceso de defensa de derechos e intereses colectivos, promovido por el veedor Marco Antonio Velásquez.
De acuerdo con la providencia, el despacho estableció que las órdenes impartidas desde diciembre de 2025 y enero de 2026 no fueron cumplidas de manera efectiva, pese a que los responsables conocían las decisiones judiciales y tuvieron tiempo suficiente para adoptar las medidas necesarias.
Los sancionados son Emiro José Castro Meza, representante legal de Metrolínea S.A.; José Fernando Sánchez Carvajal, alcalde de Floridablanca; y Andrés Ernesto Puentes Parra, subcomandante de la Estación de Policía de Floridablanca.
A cada uno se le impuso una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, recursos que deberán ser consignados al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 472 de 1998.
Inspección evidenció grave deterioro
Uno de los elementos determinantes para la decisión fue el informe de inspección y visita elaborado por la Gobernación de Santander, incorporado al expediente como Archivo 307 de SAMAI.
Dicha visita se realizó el 5 de agosto de 2026, con el propósito de verificar las condiciones físicas, estructurales, sanitarias y de seguridad del predio y sus cerramientos.
Según el juzgado, la inspección permitió establecer que la obra permanece paralizada y presenta corrosión del acero de refuerzo, deterioro severo del cerramiento, edificaciones menores en ruinas, acumulación de escombros y deficiencias en el aislamiento del predio.
El informe también determinó que las condiciones existentes representan un riesgo para la seguridad pública, la integridad física de las personas, la salud pública y la convivencia ciudadana.
La situación, según la decisión, no solamente se mantuvo pese a las órdenes judiciales, sino que algunas de las condiciones que motivaron la adopción de las medidas cautelares se agravaron.
Acceso irrestricto y saqueo del predio
El despacho también tuvo en cuenta que durante la inspección se constató la inexistencia de un cerramiento eficaz, el acceso irrestricto de terceros, ocupación informal y ausencia de mecanismos efectivos de control.
La falta de vigilancia habría permitido además la sustracción progresiva de elementos de la obra.
La providencia señala riesgos asociados a la caída de materiales, ingreso de personas, consumo de sustancias psicoactivas, proliferación de vectores y afectación del espacio público. También advierte sobre las condiciones de peligro para peatones y población escolar del sector.
El juez consideró especialmente relevante que los responsables ya habían sido advertidos sobre la necesidad de cumplir las órdenes.
En la audiencia de pacto de cumplimiento del 17 de junio de 2026, el despacho había llamado la atención a las entidades involucradas y recordó que las órdenes de vigilancia y entrega de informes no se habían cumplido.
Incluso, según el documento judicial, la jueza manifestó haber observado personalmente el saqueo del predio y la falta de una respuesta efectiva por parte de las autoridades.
La falta de recursos no justificó el incumplimiento
En el caso de Metrolínea, el juzgado analizó el argumento relacionado con las dificultades financieras de la empresa.
Sin embargo, consideró que la insuficiencia económica no era suficiente para excluir la responsabilidad subjetiva, debido a que la entidad conocía desde diciembre de 2025 la obligación de garantizar vigilancia permanente y no acreditó haber encontrado una solución efectiva para cumplir la orden.
Frente al alcalde de Floridablanca y al subcomandante de la Policía, tampoco encontró demostradas acciones suficientes y sostenidas para garantizar la vigilancia y presencia permanente que habían sido ordenadas.
Por esta razón, el despacho concluyó que existió un incumplimiento injustificado de órdenes judiciales concretas, conocidas y exigibles.
Veedor pide una solución definitiva para el portal
Tras conocer la decisión, el veedor y demandante Marco Antonio Velásquez cuestionó el manejo que se le ha dado al inmueble y aseguró que el caso evidencia el deterioro de los recursos públicos.
Velásquez planteó como una de las alternativas que una parte del predio pueda ser destinada a la construcción de un terminal de transporte para Floridablanca, mientras que otra zona pueda quedar destinada a las necesidades de Metrolínea.
Según el veedor, esta alternativa permitiría atender una problemática de movilidad que afecta a los usuarios que actualmente deben exponerse a riesgos en la vía para abordar vehículos hacia diferentes municipios.
También reclamó una solución de fondo para la situación financiera y administrativa de Metrolínea y sostuvo que el proceso debería avanzar hacia una decisión definitiva sobre el futuro del portal Papi Quiero Piña.
La sanción no elimina la obligación de cumplir
El Juzgado Once Administrativo fue enfático en señalar que la sanción por desacato no libera a los funcionarios y entidades de cumplir las órdenes judiciales.
Por el contrario, deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar su ejecución efectiva.
La providencia ordena además que, una vez quede ejecutoriada, una copia sea remitida al Tribunal Administrativo de Santander para que se surta el grado jurisdiccional de consulta correspondiente.
La decisión representa un nuevo llamado de atención sobre el estado del portal Papi Quiero Piña, una infraestructura que permanece inconclusa y que, de acuerdo con las pruebas incorporadas al proceso, continúa generando riesgos para la comunidad y afectaciones al patrimonio público.
El caso seguirá bajo seguimiento judicial mientras las entidades involucradas deben demostrar que finalmente cumplen las medidas de protección y vigilancia ordenadas para el predio.
1. ¿Por qué fueron sancionados los responsables del portal Papi Quiero Piña?
Fueron sancionados por incumplir las órdenes judiciales que establecían medidas de protección, cerramiento y vigilancia permanente del portal de Metrolínea. Una inspección realizada el 5 de agosto de 2026 evidenció que persistían problemas de seguridad, deterioro de la infraestructura, acceso irrestricto y saqueo del predio.
2. ¿Quiénes fueron sancionados y cuál fue la multa?
El Juzgado Once Administrativo Oral de Bucaramanga sancionó a Emiro José Castro Meza, representante legal de Metrolínea; José Fernando Sánchez Carvajal, alcalde de Floridablanca; y Andrés Ernesto Puentes Parra, subcomandante de la Estación de Policía de Floridablanca. A cada uno le impuso una multa equivalente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.
3. ¿La sanción los exime de cumplir las órdenes judiciales?
No. El juzgado aclaró que la sanción por desacato no los libera de cumplir las órdenes impartidas. Los funcionarios y entidades deberán adoptar las medidas necesarias para proteger y vigilar el inmueble; de persistir el incumplimiento, podrían enfrentarse a nuevas actuaciones judiciales.